Trabajo estableció que “queda justificada” la inasistencia el día de la aplicación de dosis
El Sindicato de Empleados de Comercio, mediante su secretario general Claudio Silva, informa a los trabajadores que el Ministerio de Trabajo; Empleo y Seguridad Social de la Nación estableció que queda “justificada la inasistencia durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19”.
Día pagado
Así, la cartera conducida por Claudio Moroni dio a conocer que “será justificada la inasistencia del trabajado durante la jornada laboral que coincida con el día de la aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra el Covid-19”.
El organismo aclaró que la ausencia del empleado no significará que se produzca “la pérdida o disminución de sueldos; salarios o premios por este concepto”.
Además, se resolvió que “la constancia de la aplicación de la vacuna -previa autorización del empleador- constituirá justificación suficiente, tanto para el vacunado como para los responsables de personas a su cargo”.
Más adelante, la autoridad laboral determinó que el desarrollo y despliegue de una vacuna segura y eficaz para prevenir el COVID-19 es determinante para lograr controlar el desarrollo de la enfermedad, ya sea disminuyendo la morbimortalidad o bien la transmisión del virus.
Asimismo, remarcó que el Estado Nacional fomenta la aplicación de las vacunas recomendadas por la autoridad sanitaria y en función de ello, deviene necesario justificar la inasistencia laboral de las trabajadoras y los trabajadores que obtengan turno para inocularse, sin que ello produzca pérdida o disminución de sueldos y/o premios por presentismo.