Preguntas más frecuentes
Preguntas Frecuentes al Sindicato de Empleados de Comercio
¿Me despidieron y estoy embarazada, como puedo proceder?
No se puede despedir a una trabajadora embarazada, esta protegida por ley durante el embarazo y hasta que su hijo cumpla 1 año, en caso de que esto ocurra se puede pedir la reinstalación a su lugar de trabajo. Para qué la protección se cumpla deberá notificar fehacientemente a su empleador a través de un certificado médico extendido por el médico tratante con la fecha probable de parto.
¿Me despidieron de forma verbal, esto es válido?
No es posible el despido verbal, si esto ocurriera se debe enviar un telegrama que diga lo siguiente.
Ante despido verbal solicito a usted plazo 48 hs aclare mi situación laboral caso contrarió denunciare ante los organismos que correspondan, queda usted notificado.
¿Mi médico laboral modificó mi carpeta médica, esto es legal?
No puede el médico laboral modificar los días de licencia médica, este soló debe certificar lo expuesto por su colega.
¿Me suspendieron por sanción disciplinaria, tengo derecho a defenderme?
Sí, usted tiene derecho a defenderse. El trabajador puede rechazar la suspensión impuesta por su empleador, tiene 30 días para hacerlo.
¿No me otorgaron mis vacaciones, me las puedo tomar igual?
Si el empleador no notifica las vacaciones hasta el mes de abril, el trabajador tiene derecho a poner la fecha de inicio de sus vacaciones solo debe comunicar a su empleador la fecha de inicio y finalización de las mismas.
¿Estoy por mudarme, tendré derecho a ausentarme de mi trabajo?
El trabajador tiene derecho a dos días de licencia paga por mudanza.
¿Cuándo me corresponde cobrar el Preaviso?
El empleador deberá comunicar a su empleado con 15 días de anticipación (preaviso) la desvinculación de su trabajador durante el periodo de prueba. Superado los tres meses y hasta los cinco años debe hacerlo con 30 días de anticipación. Pasando los 5 años corresponden 2 meses.
Y el empleado debe comunicar su renuncia con 15 días de anticipación.
¿Qué hacer si trabajo en negro?
Debe intimar a su empleador que lo registre, y denunciar esta situación al ministerio de trabajo de su localidad.
¿No me pagan en tiempo y forma, puedo recuperar mi pago completo?
Sí; usted debe intimar a su empleador mediante telegrama con el siguiente texto: Intimo a Usted plazo 48 hs abone el salario correspondiente al mes de ……… Caso contrarió denunciare ante las autoridades del trabajo. Queda usted notificado.
¿Quiero renunciar, cual es el primer paso a tomar?
Renuncio a mis tareas habituales a partir del día……. (Deberá hacerlo con 15 días de anticipación )
¿Qué es el Fondo de desempleo por ANSES?
Es un Fondo de desempleo. El trabajador tiene 90 días hábiles a partir de la finalización de la relación laboral, debe presentar telegrama de despido, DNI, se paga seguí la antigüedad de 6 a 11 meses 2cuotas de 12 a 23 4 cuotas de 24 a 35 8 cuotas 36 o más 12 cuotas. Se calcula la mitad de la remuneración neta mensual normal y habitual de los últimos 6 meses.