Senado:piden ampliar de dos a tres años los plazos de prescripción tras vínculo laboral
El senador oficialista por La Pampa, Daniel Bensusán, utilizó como base el proyecto del exlegislador Daniel Lovera.
La escasa posibilidad de creación de empleo privado en la Argentina podría recibir un golpe de nocaut con el proyecto presentado a fines de junio pasado por el senador kirchnerista Daniel Bensusán (La Pampa), que plantea la modificación de la Ley de Contrato de Trabajo para que prescriban “a los tres años las acciones relativas a créditos provenientes de la extinción del vínculo laboral y a los cinco años las demás acciones relativas a las relaciones individuales en general, de disposiciones de convenios colectivos, disposiciones legales o reglamentarias del derecho de trabajo”.
El texto, en realidad, replica la columna de una iniciativa del exsenador pampeano Daniel Lovera, de extracción sindical. El proyecto obtuvo dictamen en 2016 -macrismo- y 2020 -cristinismo- pero cayó tras el recambio legislativo de finales de 2021. “Sí, resulta ser beneficioso para la clase trabajadora. Esa clase que, en silencio, pone en funcionamiento todos los días la economía del país, las escuelas, universidades, etcétera”, argumenta Bensusán, quien es titular de la comisión de Legislación General de la Cámara alta.
Según el legislador, “en materia de prescripción liberatoria, el nuevo ordenamiento contemplado en el Código -Civil y Comercial- introdujo modificaciones sustanciales respecto de los plazos, estableciendo como una de las más significativas un plazo genérico de cinco años y, ampliando a tres años, el correspondiente a los daños derivados de la responsabilidad civil”. Y agrega: “La redacción vigente del artículo 256 de la LCT -Ley de Contrato de Trabajo- no ha sufrido modificación alguna, manteniendo el plazo de prescripción de dos años para las acciones derivadas del cumplimiento del contrato de trabajo”.
Por otra parte, Bensuán fundamenta: “La norma indicada, al establecer un plazo inferior, coloca al trabajador en una situación de desventaja, pues posee menos tiempo para reclamar por sus derechos que el plazo genérico aludido, aplicable a todas las cuestiones relativas al cumplimiento de los contratos en general. Ya, en alguna oportunidad, fue cuestionada tal prerrogativa, planteándose su inconstitucionalidad en base a la irrenunciabilidad de los derechos laborales. Si bien ello fue rechazado por la jurisprudencia laboral en forma reiterada por considerar que tal limitación no afecta la intangibilidad de tales derechos, la circunstancia de que ahora no hayan sido alcanzados por una modificación en concordancia con la nueva redacción del ordenamiento civil y comercial, aparece alejado de la propia realidad y violatorio del espíritu antes mencionado que comprende el derecho”.
El legislador también considera en su iniciativa que “se mantiene la redacción original respecto el carácter de orden público de la norma y que los plazos no pueden ser modificados por convenciones tanto individuales como colectivas, salvo las acciones relativas al instituto de la Seguridad Social que prescriben a los diez años”.
Pasado
Durante parte de la gestión macrista, y como presidente de la comisión de Trabajo, Lovera tuvo en sus manos la agenda del proyecto de blanqueo laboral y la creación de la Agencia Nacional de Evaluación de Tecnologías de Salud (AGNET), que quería moderar la viabilidad e incorporación de estudios, procedimientos y medicamentos al Programa Médico Obligatorio. El objetivo final de la última ley era minimizar el boom de juicios a obras sociales, que pone en jaque el sistema sanitario público y privado.
Ambos textos quedaron destruidos tras la mirada hacia un costado de gremios, del peronismo hoy kirchnerista y del cristinismo, a lo que se le agregaban insólitas internas dentro de Juntos por el Cambio.
Agenda
Para agosto se perfila una nueva discusión en el Senado, con tres proyectos oficialistas para desactivar algunas “trabas” en los métodos de consulta popular.
Sobre este tema hay textos de Juliana di Tullio, Oscar Parrilli y Guillermo Snopek. El objetivo es regular el derecho establecido en el artículo 39 de la Constitución y reformar la actual ley 24.747, aprobada en 1996, que impone mayorías especiales en el Congreso. Por caso, en el texto de Snopek, eso desaparece y, para que una iniciativa popular vea la luz en forma de proyecto de ley, necesitaría solo del voto de la mayoría de los legisladores presentes.
El proyecto en cuestión además pretende excluir ciertos temas que no podrán ser fijados ni modificados por este mecanismo: reforma constitucional, tratados internacionales, impuestos, Presupuesto y materia penal, aunque sí lo referido a la materia electoral. Además, la iniciativa aumenta la burocracia con la creación de una Oficina de Iniciativa Popular (OIP), en el ámbito del Congreso. Con información de ámbito financiero.